San Bernardo, 26 de octubre 2022
Informativo Circular de Cobros a Padres y Apoderados 2022–2023
Para efectos de establecer el valor de la escolaridad para los años 2017 y siguientes, dicha Ley en su artículo vigésimo segundo transitorio señala que: «A más tardar el 25 de enero de cada año, el Ministerio de Educación publicará, y notificará en su caso, por comunicación electrónica, a cada establecimiento educacional, el límite máximo de cobro del año escolar siguiente«. De acuerdo a lo anterior y dado que los procesos de postulación y matrícula deben iniciarse previamente a que el colegio reciba esta información, es que hemos procedido a fijar una escolaridad provisoria, usando como referencia la misma usada para este año 2022, la cual se ajustará a lo dispuesto por el Mineduc en enero de 2023.